Después que la Tercera Sala de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, revocara el fallo pronunciado por la Corte de Apelaciones de Copiapó, en donde, rechazó el recurso de protección en deducido por el Dr. Carlo Pezo, buscando impugnar una investigación sumaria en su contra.
Ante esto, la Contraloría General de la Republica en Atacama se refirió al proceso administrativo disciplinario en contra del Dr. Carlo Pezo. Esto en relación a la Resolución Exenta No 3.263, de 2020, del Hospital Regional de Copiapó.
En donde, explicó la ilegalidad de dicho procedimiento administrativo, dejado sin efecto la sanción, esto ante la poca veracidad de las fechas ocurridas las denuncias en contra del doctor.
De acuerdo a la Entidad: «De la revisión de la formulación de cargos rolante a fojas 1.139 y siguientes se advierte que estos indican 12 situaciones de acoso o maltrato laboral, estableciéndose los hechos y la forma en que estos habrían significado vulneración a los deberes y prohibiciones funcionarias por parte del recurrente, no obstante, no se indica la época en que se habrían ejercido dichas conductas, de forma que no es posible verificar las alegaciones respecto de la prescripción de la responsabilidad administrativa».
«Lo anterior no se soluciona con lo expresado por el servicio en los considerandos 28 de la resolución exenta N° 2.547, de 2023, y el considerando 45 de la resolución en estudio, puesto que sólo indican que los hechos habrían ocurrido entre el año 2019 y 2022, de acuerdo con las declaraciones de las fojas que se indican».
«En este sentido, verificadas las declaraciones indicadas en los señalados considerandos se advierte que estas no contemplan fechas que puedan verificarse, o contemplando fechas estas serían muy anteriores a los hechos investigados, sin que se adviertan otros hechos que se puedan haber mantenido hasta los años 2019 y 2022», exclamó la Contraloría.
El Doctor Carlo Pezo se refirió al dictamen de la Contraloría y a su vez manifestó que existe una persecución en su contra, en donde, buscan enlodar su imagen y que se ha faltado a la presunción de inocencia.
Fuente: ES N 2674 (1)