Entre los beneficios que está ofreciendo el estado, se encuentra el Aguinaldo Navidad o Bono Navidad, el cual es entregado en el mes de diciembre a quienes cumplan con los requisitos.
Este bono no considera el pago de impuestos, ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible). Además, no es necesario una postulación para obtenerlo.
El Instituto de Previsión Social (IPS), declara que el Bono Navidad es para todos los pensionados y pensionadas que estén en las siguientes instituciones al 30 de noviembre de 2020:
Instituto de Previsión Social.
Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA.
Instituto de Seguridad Laboral.
Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.
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También aquellos pensionados del DL 3.500 (Sistema de AFP), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal. En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:
- Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
- Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
- Pensionados con Aporte Previsional Solidario (APS), del Sistema de AFP.
- Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
- Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
- Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
- Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
- Beneficiarios de indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
Este beneficio será entregado en el mes de diciembre antes de las fiestas navideñas, se espera la recepción del bono en la misma fecha que el pasado año, el cual fue asignado el 30 de noviembre.
La ley indica que el monto a pagar se reajusta de acuerdo al IPC del año en curso (2020). Pero para tener una referencia, el año 2019 el Bono Navidad se pagó por un valor de $22.452 por beneficiario.
Este beneficio es cancelado junto a la pensión, no se debe hacer ningún trámite adicional para recibirlo.
Por tratarse de un beneficio normado por ley incluye a los trabajadores del sector público, claro está, el monto de recepción varía según el salario percibido.