Una serie de brechas que es necesario abordar como país para garantizar la seguridad de los productos comercializados, concluyó el informe de seguridad de producto elaborado por SERNAC y los representantes técnicos de la “Mesa Nacional de Seguridad de Productos”. Estos resultados los dio a conocer el director nacional del SERNAC, Andrés Herrera, en el encuentro que contó con la presencia de autoridades que representan a 5 de los 9 servicios públicos que forman parte de esta instancia de protección.
En la reunión participaron el jefe del Departamento de Control y Tráfico Ilícito del Servicio Nacional de Aduanas, Carlos Escudero; el prefecto Luis Mardones Olivares, de la Brigada Investigadora de Delitos Contra la Salud y Medio Ambiente, y el subprefecto Daniel Ahumada Muñoz de la Brigada Investigadora de Delitos de Propiedad Intelectual (PDI); la directora multilateral de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, Marcela Otero; la jefa del Departamento Nacional y de Referencia en Salud Ambiental del Instituto de Salud Pública (ISP), Isel Cortés; y el jefe de la División de Formación y Transferencia del Instituto Nacional de Normalización (INN), Claudio Ragni.
En este contexto, Herrera explicó, entre otros aspectos, las dificultades legales-administrativas que existen actualmente a la hora de poner restricciones o sanciones a las empresas que ingresan al país productos que representan riesgos para las personas.
“Actualmente la mayoría de las instituciones públicas sólo podemos usar nuestras facultades al momento que se comercializan los productos, pero no podemos impedir el ingreso y menos durante su fabricación, por lo cual no podemos actuar preventivamente, lo que conlleva muchas veces riesgos para los consumidores, al trasladarse esos productos principalmente a mercados informales”, indicó Herrera.
Por ejemplo, el Servicio Nacional de Aduanas no puede detener los productos en la frontera, aun cuando tengan antecedentes de riesgo en otros países (recall) ni tampoco detener su ingreso cuando no cumplen con la normativa nacional, sin contar con algún instrumento legal específico que los respalde en esta acción.
Andrés Herrera recalcó que es necesario abordar esta temática desde una perspectiva sistémica a nivel país, y no sólo como actividades puntuales que pueden ser de interés de cada institución.
En este sentido, el director del SERNAC destacó la necesidad de emplear todas sus facultades para fomentar los estándares de protección en el país.
“Una de las líneas que emplearemos como SERNAC será la de proponer, al Presidente de la República, a través del Ministerio de Economía, cambios en las leyes o en los reglamentos que afectan a los consumidores, tarea para la que requeriremos del apoyo de las demás instituciones públicas para respaldar, mediante informes técnicos, dichas modificaciones”, indicó Herrera.
Durante el encuentro, el director del SERNAC hizo un llamado a las demás instituciones públicas a evaluar la posibilidad de elaborar instrumentos legales, tales como circulares o reglamentos, que le otorguen a Aduanas más facultades para detener el ingreso de aquellos productos que sean considerados riesgosos, así como también otras medidas complementarias que puedan derivar en un mayor estándar de protección y prevención.
Finalmente, Herrera enfatizó que el reporte permite concluir también que el comportamiento de las empresas en esta materia ha sido poco activo en algunas situaciones, especialmente ante casos de falsificación, donde las marcas, muchas veces, pese a ser informadas, no presentan las querellas que permitan a Aduanas detener dichos ingresos.
Caso alisadores de pelos
Recientemente, Aduanas detectó en Valparaíso 800 unidades de planchas para pelo, marca Babyliss, que infringían los derechos de propiedad intelectual.
Tras el hallazgo, y luego de las respectivas gestiones, la marca presentó una querella que permitió a Aduanas confiscar estos productos, evitando que ingresaran y fueran comercializados en el país.
Se destaca la importancia de este hallazgo, ya que son productos particularmente riesgosos en caso de no cumplir con los estándares de seguridad y calidad. Por ello, la situación será revisada y trabajada en conjunto con Aduanas, SEC y SERNAC.
Día del Niño y la Niña
Este domingo 6 de agosto se celebrará en nuestro país el “Día del Niño y la Niña”, por lo que el SERNAC está permanentemente revisando que las empresas cumplan con los derechos que establece la Ley del Consumidor, especialmente respecto a la seguridad en el consumo, el derecho a la garantía legal y los plazos de entrega de los productos adquiridos a través de internet.
El derecho a la seguridad en el consumo implica que las empresas deben ofrecer productos y servicios que no dañen la salud de las personas o que impliquen algún riesgo.
En este contexto, la recomendación a los padres es evitar comprar productos en el comercio informal, pues ponen en riesgo a los niños, ya que pueden contener elementos tóxicos o no cumplir con las advertencias mínimas para su uso o contener piezas pequeñas.
Consejos al comprar un juguete
El Reglamento de Juguetes establece una serie de exigencias que deben cumplir las empresas que comercializan este tipo de productos. Por ejemplo, el etiquetado debe:
- Identificar el fabricante o importador.
- El país de origen
- Advertir si el juguete contiene partes pequeñas que puedan provocar un riesgo de asfixia.
- Advertencias claras, si existe algún riesgo en su uso.
- La edad recomendada.
- El rotulado debe estar en castellano, entre otros.
¿En qué poner especial atención?
Es importante que los padres consideren una serie de consejos para que los juguetes sean seguros:
- Que sus piezas o partes no obstruyan la respiración.
- Que indique la edad de uso recomendada, utilizando mensajes como “advertencia, no apropiado para niños menores de 3 años”.
- Que los envases no contengan elementos cortantes ni punzantes.
- Que no sea inflamable, tóxico ni falsificados.
Al momento de usar los juguetes
Los padres pueden tomar una serie de acciones cuando los juguetes ya están en el hogar y/o siendo utilizados por los niños. Por ejemplo:
- Revisar periódicamente la integridad de juguetes u otros accesorios que puedan generar este tipo de riesgo.
- Al comprar un juguete o un artículo cualquiera para un niño menor de tres años, evaluar su peligrosidad, teniendo presente la posibilidad que este pueda generar partes pequeñas durante su uso.
Garantía legal de seis meses
La Ley del Consumidor establece que en caso que un producto comprado nuevo salga defectuoso, los consumidores tienen derecho a la garantía legal, que implica el cambio, la reparación o la devolución del dinero durante 6 meses de haberlo adquirido o recepcionado, en el caso de las compras por internet. El consumidor es quien elige la opción, no la empresa, entre otros aspectos.
En caso de que las empresas no cumplan con la Ley, se arriesgan a multas de hasta 300 UTM, esto es, alrededor de 19 millones de pesos por cada infracción.
En caso que un consumidor tenga un problema de consumo, el llamado es a ingresar sus reclamos al SERNAC a través de www.sernac.cl o llamando en forma gratuita al número 800 700 100.