Fundación Integra Atacama: Corte falla a favor de ex funcionaria y obliga a repetir la audiencia de juicio oral

Un nuevo revés vive la actual Directora Patricia Espinoza Droguett, cuestionada por los casos de desafueros maternales realizados bajo su liderazgo en la administración Piñera en Atacama. Esta vez, la Ilustrísima con fecha del 23 de febrero, invalidó el juicio de sentencia definitiva de fecha 12/11/2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó.

Según documento público: “En la causa R.I.T. N° T-45-2021, Rol Ingreso Corte N° 159-2021, el abogado representante de la ex Directora del Jardín Infantil de Fundación Integra Atacama, don Esteban Spencer Vargas, en representación de la parte demandante Silvana Morales, interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha doce de noviembre del año pasado, por el Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José Marcelo Álvarez Rivera. Esto por el rechazó en todas sus partes, tanto la denuncia por vulneración de garantías constitucionales con ocasión del despido y cobro de prestaciones laborales, como asimismo, la demanda por despido improcedente, que fueron interpuestas por la actora, condenándola al pago de las costas de la causa, las cuales tasó en la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos). En este sentido, el recurrentes funda su recurso, en forma principal, en la causal prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, “la infracción manifiesta de las normas de la apreciación de la prueba conforme a las normas de la sana crítica”; mientras que en forma subsidiaria, se dedujo la causal establecido en el artículo 477 del Código Laboral, a saber, “cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”.

Dictamen de la Corte de Apelaciones de Copiapó

De acuerdo a la presentación de sentencia de la Ilustrísima: “En atención a lo razonado precedentemente, se anulará la sentencia en comento, debiendo procederse a la realización de un nuevo juicio, por juez no inhabilitado, atendido el principio de inmediación que rige el procedimiento laboral, según disposición expresa del artículo 425 del Código del Trabajo, ya que en términos generales, es el juez que dirige la audiencia y presencia por tanto la incorporación legal de la prueba, quien debe proceder a su valoración a la luz de las reglas de la sana crítica. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los 477, 478, 479 y 482 del Código del Trabajo, SE INVALIDA DE OFICIO la sentencia definitiva de fecha doce de noviembre de dos mil veintiuno, pronunciada por don José Marcelo Álvarez Rivera, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, como asimismo, la audiencia de juicio oral respectiva, debiendo remitirse los antecedentes al tribunal de origen, retrotrayéndose el procedimiento al estado de desarrollarse nuevamente la referida audiencia de juicio oral, con la finalidad que se proceda a recibir los antecedentes probatorios que los intervinientes aporten, debiendo, finalmente, dictarse la sentencia definitiva respectiva, todo ello, por un Tribunal No inhabilitado”.

En la cual, se debe reiniciar la audiencia de juicio oral respectiva, en donde se debe “probar” los antecedentes de los intervinientes en la causa laboral.

De acuerdo a los antecedentes y audios de la audiencia, se destaca a funcionarios de la sede regional, que declararon en primera instancia en contra de la funcionaria y ex Directora, y de acuerdo a esta sentencia deben volver a entregar antecedentes en la audiencia de juicio oral.

(Imagen de recorte extraído de la audiencia preparatoria causa R.I.T. N° T-45-2021)

  • Robinson Leonel Ramírez Rodríguez, jefe departamento PPI.
  • Francisca Javiera Simonet Llanos, asesora jurídica.
  • Ibis Natalia Meléndez Herrera, profesional del depto. De Desarrollo de Personas y Equipos.
  • Nicolle Francesca Torres Pérez, jefa depto. Educativo.
  • Yanira Verónica Figueroa Pequer, Jefa Territorial de Calidad Educativa.
  • Alicia Hermosinia Rojo Díaz, Actual Directora del jardín infantil Palomita Blanca.
  • Patricia de las Mercedes Espinoza Droguett, Directora Regional.

En el listado, se aprecía a tres funcionarios y que según las declaraciones de los testigos y actuales funcionarias del jardín infantil, apreciaron presuntos hechos de violencia en contra de la ex Directora, principalmente cuando se le informaba de su desvinculación. Entre ellos se destaca y según los registros de audios de testigos, al jefe departamento PPI, la Actual Directora Regional y la Asesora Jurídica de la Fundación.

(Imagen de recorte extraído de la declaración de la ex Directora del Jardín Infantil Palomita Blanca)

(Imagen de recorte extraído de la declaración de la ex Directora del Jardín Infantil Palomita Blanca)

Al término de la nota, tratamos de contactarnos con la ex funcionaria, pero al cierre no tuvimos respuesta.

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Documentos extraídos del Poder Judicial

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