Servicio Puesto Interno Atacama informa sobre la importancia de exigir la boleta

“Me entrega mi boleta por favor”.  “No puedo, ahora son electrónicas”. Este diálogo entre comprador y vendedor es común en distintos comercios del país y puede provocar confusión, sobre todo a partir de marzo de 2021, cuando se estableció la obligatoriedad de la boleta electrónica de ventas y servicios, reemplazando a la tradicional boleta en papel.

Este cambio establecido en la Ley de Modernización Tributaria impulsó al Servicio de Impuestos Internos a actualizar sus instrucciones, permitiendo que este documento pueda ser entregado por medios electrónicos (email, WhatsApp, u otro medio electrónico) a los compradores.

Además, hay que recordar que el comprobante o recibo (voucher) generado en transacciones pagadas con medios electrónicos, como las tarjetas de débito o crédito u otro medio electrónico, tienen validez como boleta de ventas y servicios electrónicas, aun cuando el cliente haya optado por no imprimir el comprobante, ya que dichas transacciones son informadas al Servicio, por parte de los operadores de pago electrónico. Si el consumidor paga con efectivo, el comercio debe otorgar la boleta electrónica.

Si bien la entrega impresa del documento es opcional, de acuerdo con la normativa vigente, el comercio tiene la obligación de hacer entrega de su boleta electrónica al comprador por el medio que estimen conveniente (papel o electrónico). Por ejemplo, es común que, al comprar en un supermercado, nos pregunten si deseamos la boleta impresa o si la envían al correo electrónico o al teléfono, teniendo el cliente la opción de elegir.

Es importante recalcar que el reemplazo de las boletas en papel por las de formato electrónico, no impide que las personas sigan exigiendo la entrega de la boleta de ventas y servicios de las compras que realizan, siendo los clientes finales los primeros fiscalizadores, de modo de evitar la evasión del IVA asociado a su compra y, de esta forma, asegurar la recaudación que permite a nuestro país contar con los recursos para financiar diversas políticas públicas que van en beneficio de todos, como educación, salud o vivienda, entre otros.

Otro punto relevante es que, junto con la entrada en vigor de la boleta electrónica, se estableció la obligatoriedad de informar la parte del monto de la compra total que corresponde al pago del 19% y que constituye el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Al transparentar qué parte del valor final que pagan las personas por sus productos y servicios, corresponde al pago de impuestos, podremos seguir generando conciencia en la ciudadanía respecto de la importancia del pago de impuestos en el bienestar del país y de sus habitantes, lo que es especialmente relevante en momentos como el actual, marcado por la emergencia sanitaria, donde se requieren recursos para ir en ayuda de quienes más lo necesitan.

Independiente de si nos envían la boleta por un medio electrónico o nos entregan un ejemplar impreso, su exigencia constituye una forma de aportar entre todos al desarrollo de Chile.

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