Por; Luis Morales Vergara, secretario regional ministerial de Desarrollo Social y Familia.
El Subsidio al Pago del Consumo de Agua Potable y Servicio de Tratamiento de Aguas Servidas (SAP), es un financiamiento por parte del Estado que apunta al descuento de una parte o porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de metros cúbicos (15 m3) de agua potable y alcantarillado de los residentes permanentes de una vivienda ubicada tanto el sector urbano como rural del país.
Los postulantes deben estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o con los servicios de agua potable rural según corresponda. Asimismo, quien postula a este beneficio debe ser el jefe de familia o un representante a nombre de éste. Debiendo cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia. Destinando más del 5% de los ingresos familiares al pago del consumo mensual de agua. En esta misma línea, las personas que deseen hacer efectiva esta postulación deben estar inscritos o tener actualizado su Registro Social de Hogares y realizarla en el Departamento Social de la Municipalidad correspondiente al domicilio del beneficiario. En el caso de las familias del Subsistema Seguridades y Oportunidades el subsidio es al 100% de los primeros 15 m3 de agua potable y alcantarillado consumidos. El único documento que debe presentar el postulante a este beneficio es la última boleta del agua cancelada a la Empresa Sanitaria o al Servicios de Agua Potable Rural según corresponda. Si el postulante presenta morosidad en el pago de los consumos este debe ser derivado al prestador o administrador para realizar un convenio de pago que le permita concretar la postulación en el nivel municipal. En este sentido, como Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, nos encontramos realizando una campaña de difusión mediante redes sociales y medios de comunicación en conjunto con Nueva Atacama, para entregar información oportuna y actualizada a las familias y orientarlos en postulación a este beneficio y los requisitos que se necesitan para el mismo. Es importante resaltar que, este beneficio tiene una duración de tres años y puede obtenerse por otro período legal igual siempre y cuando, se cumplan los requisitos establecidos para su obtención y exista disponibilidad de cupos a nivel Comunal. La renovación del Subsidio no es automática si no que el jefe de familia debe presentar postulación en la Municipalidad que le concede el beneficio para volver a obtenerlo por otro plazo legal igual si se verifica cumplimiento de requisitos.